viernes, 30 de enero de 2009

Bolivia: avasallamiento de tierras en Santa Cruz

El principio del ejercicio de ciudadanía, es el conocimiento de los derechos y obligaciones propios y las del Estado.

Leía esta mañana en la prensa local (El Nuevo Día, 30 de enero de 2009) que, ante los violentos avasallamientos de predios productivos en el departamento de Santa Cruz, “La Gobernación cruceña no permitirá que se atropelle la propiedad privada y menos que se atente contra la seguridad de la población, por militantes del partido de Gobierno que se encuentran armados y actúan ilegalmente”, a través del flamante “Comité de Defensa de la Tierra”; y constaté dos cosas.

Por un lado que la declaración, no sólo es característico de los discursos políticos en campaña, sino que además es demagógico, como lo son los discursos de los personeros del Inra y ministerio del ramo, que en algunos casos –dos estos últimos–hacen hasta apología del delito, porque simple y llanamente no administran.

En segundo lugar, que la ausencia de Estado –sea por ignorancia o premeditación– conforma un escenario –de aquí en adelante– violento y caótico para Bolivia.

Lo que corresponde a las autoridades (locales y nacionales) es “cumplir” y “hacer cumplir” la Ley; a los agricultores, cumplir con su deber ciudadano de denunciar; es decir: registrar, con toda la tecnología digital disponible de hoy en día (celulares, cámaras digitales, GPS, cámaras de vídeo digital), los asentamientos sospechosos que se dan en sus predios productivos y denunciarlos ante:
1. Comisiones Agrarias Nacional y Departamental
2. Prefectura
3. Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente
4. Viceministerio de tierras
5. Defensoría del Pueblo
6. Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC)
7. Ministerio Público o Fiscalía del Distrito
8. Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA)
9. Prensa (para conocimiento de la opinión pública)

Si el agricultor fue avasallado, le corresponde registrar (por medio de celular, fotos y video digitales) el número de personas que ingresaron a su propiedad; identificar con detalle qué tiempo llevan de asentamiento; si utilizan armas, de qué calibre; si utilizan vehículos de instituciones públicas y finalmente, le corresponde no tomar la justicia por mano propia, sino denunciar los delitos tipificados como:
1. atentado con la libertad de trabajo
2. allanamiento
3. asociación delictuosa
4. lesiones a los predios y
5. otros delitos comunes como: amenaza, robo, daño material, perturbación de posesión, entre otros

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